Micelio
Auto3 de agosto de 2011

A- de 2011

Ponente Juan Carlos Henao Pérez

Demandante Julio Cesar Utria Martinez·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Competencia excepcional para conocer incidente de desacato
Solicitud Cumplimiento Fallo De Tutela Contra Telecom
  • No asumir conocimiento en incidente de desacato de sentencia SU389/05 por falta de competencia
Tramite De Cumplimiento Fallo De Tutela E Incidente De Desacato
  • Solicitud simultánea o sucesiva por beneficiario
Cumplimiento Fallo De Tutela E Incidente De Desacato
  • Competencia del juez de primera instancia
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Incidente de Desacato.

El peticionario promovió incidente de desacato de la sentencia SU-389/05, argumentando que el PAR, so pretexto de la terminación de la personalidad jurídica de TELECOM, incumplió con la orden impartida en la sentencia de la referencia, en cuando a los beneficios concedidos a los extrabajadores incluidos dentro de la figura jurídica del Retén Social.

La Sala no asume, por falta de competencia, el conocimiento de la solicitud de incidente de desacato presentada por el memorialista.

Se ordena la remisión de la petición al juzgado de primera instancia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. NO ASUMIR por falta de competencia el conocimiento de las solicitud de incidente de desacato de la sentencia SU- 389 de 2005 presentada por Julio César Utria Martínez.
  2. Segundo. REMITIR la solicitud indicada en el numeral anterior al Juzgado
  3. Segundo. Promiscuo del Circuito de Sabanalarga Atlántico para que, en su calidad de juez de tutela de primera instancia, asuma el conocimiento de la solicitud de incidente de desacato de la sentencia SU- 389 de 2005 presentada por Julio César Utria Martínez.
  4. Tercero. INFORMAR de esta actuación al peticionario.
  5. Cuarto. ORDENAR al Juzgado
  6. Segundo. Promiscuo del Circuito de Sabanalarga Atlántico que una vez resuelva la solicitud de incidente de desacato de la sentencia SU- 389 de 2005 presentada por Julio César Utria Marínez, envíe a esta Corporación copia de lo resuelto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.